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En la jornada de ayer se aprobó el único cambio a la reforma de telecomunicaciones en el Senado de la República y en el pleno quedó en primera lectura.
Así fue aprobada entonces la modificatoria por unanimidad, los senadores de las cuatro comisiones dictaminadoras de la reforma avalaron el cambio que le hizo Diputados conforme a la redacción que les fue enviada y que cambiaba las palabras “las resoluciones” por “éstas” al referirse a las decisiones de la Cofeco, mismas que al tratarse de multas o desincorporación de activos de una empresa procederán luego de que culmine el juicio de amparo.
Como se expresaron desde el PAN
“En realidad no afecta en lo absoluto nada de lo que aquí aprobamos nosotros y enviamos a la colegisladora (…) Es una propuesta (la de Diputados) ociosa, es una nimiedad, es una necedad (…)”.
Recordamos que, anteriormente la Cámara de Diputados había aprobado, tanto en lo general como en lo particular la reforma a la ley de telecomunicaciones, haciéndolo con una modificación y por ello debía volver al Senado para su discusión, votación y posterior aprobación.
De esta manera, debíamos esperar hasta ayer, lunes 29 de abril a las siete de la noche, cuando el Senado apruebe eventualmente la reforma, un día antes del cierre del período ordinario de sesiones.
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Para esta oportunidad se ha aprobado en lo general por 409 votos a favor, 32 en contra y dos abstenciones, mientras que en lo particular fue avalada por 393 votos a favor, 46 en contra y tres abstenciones.
Casi habemus reforma de telecomunicaciones entonces. Su minuta se turnó al Senado de la República para su eventual ratificación.
Hay que entender que como se trata de una reforma constitucional, la aprobación requiere que sea votada a favor por dos terceras partes de los legisladores presentes; requisito que se ha cumplido nuevamente.
Por nuestra parte, estamos de acuerdo con esta reforma y nos parece una noticia excelente que se haya aprobado tan velozmente. No obstante, la velocidad da lugar a las sospechas, y por ello dejamos nuestra leve sospecha de acuerdos intrincados para salir rápidamente del apuro.
¿Qué se ha aprobado?
Además de los ajustes acordados a la iniciativa, se incluyó la obligación expresa del Estado de garantizar el acceso a Internet, luego de que el proyecto original establecía dicha obligación para las Tecnologías de la Información, como concepto general.
Por su parte, los proveedores de servicios de televisión satelital estarán obligados a retransmitir las señales abiertas de televisión, considerando una cobertura que alcance 50% de cobertura territorio nacional. Asimismo, dichos operadores deberán incluir retransmitir las señales públicas de televisión, como el Canal del Congreso y el canal judicial.
En otro tema, fue aprobado que la extensión del tope de inversión extranjera en radiodifusión a 49% se otorgue únicamente a capitales cuyo país de origen otorgue el mismo trato a los inversores mexicanos.
Reservas que han sido acordadas
- Expresamente el Estado está obligado a garantizar el servicio de Internet.
- Reciprocidad respecto de la Inversión Extranjera Directa de hasta 49% en radiodifusión.
- Para el otorgamiento de concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, la SCT deberá emitir su opinión técnica, no vinculante al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
- El Instituto Federal de Telecomunicaciones podrá revocar las concesiones a los agentes económicos poder sustancial que se beneficien directa o indirectamente de la reglas de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita.
- Agente económico preponderante será el que posea una participación mayor a 50% de los sectores de radiodifusión o telecomunicaciones, medido por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, tráficos en sus redes o su capacidad utilizada, directa o indirectamente.