Lavado de dinero ¿Modificaciones en la Ley?

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Desde hace tiempo que el lavado es un problema constante en México, y por eso se pone nuevamente en discusión la iniciativa de ley contra el lavado de dinero. Claramente, atacar el lavado es ir por un avance en la lucha contra el crimen organizado, y ésta es la intención del gobierno federal al acotar el uso de dinero en efectivo para reducir las posibilidades de lavado de dinero.

Por otra parte, la idea se complementa con la conversión en fuentes de información a:

  • Notarios
  • Corredores públicos
  • Dueños de establecimientos y comercios que reciben pagos en efectivo

En este sentido, los mencionados serán parte del sistema para la generación de reportes y avisos a las autoridades en caso de operaciones extraordinarias, específicamente predeterminadas con montos económicos concretos. Hasta el momento, se estimaba que quien efectúe transacciones cambiarias sin autorización o registro tendrá sanciones que incluyen cárcel de 3 a 15 años y multas hasta de 100,000 días de salario mínimo.

Hasta ahora, los montos propuestos en el proyecto son los siguientes:

  • Juegos con apuesta y sorteos, identificados cuando el monto sea de 20,000 pesos y debe darse aviso a las autoridades cuando sean desde 40,000 pesos en adelante.
  • Compras con tarjetas de servicio, crédito o que puedan servir de medio de pago que no sean emitidas por entidades financieras, desde 100,000 pesos
  • Cheques de viajero, todas las operaciones que importen desde 40,000 pesos
  • Otorgamiento de préstamos o créditos, que no sean de entidades financieras, se tendría que reportar todas las operaciones a partir de los 100,000 pesos
  • Construcción o desarrollo de inmuebles, así como intermediación en la compra-venta se tendrán que reportar todas, sin importar el monto, desde la cantidad de 500,000 pesos
  • Comercialización de metales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojes debe identificarse a los que compren en efectivo con montos desde 20,000 pesos y debe darse aviso a las autoridades desde los 40,000 pesos
  • Comercialización de obras de arte, identificación desde los 150,000 pesos y aviso desde los 300,000 pesos.
  • Vehículos terrestres, marítimos o aéreos desde 200,000 y 400,000, respectivamente.
  • Servicio de blindaje, desde 150,000 y 300,000 pesos, respectivamente.
  • Traslado o custodia de dinero, todas tienen que avisar desde los 200,000 pesos.
  • Actividades relacionadas con los notarios públicos, indica que se tendrá que avisar de todas las operaciones relacionadas con: la prestación de servicios profesionales independientes, representando a alguien más en las siguientes operaciones: sobre inmuebles; administración y manejo de recursos valores; manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores; constitución, operación y administración de sociedades mercantiles o constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales.
  • Corredores públicos, tendrán que avisar cuando realicen avalúos sobre bienes con valor igual o superior a 500,000 pesos; constitución de personas morales mercantiles; derechos de fideicomisos; otorgamiento de contratos de mutuo mercantil o crédito mercantiles.

Estas son algunas de las pautas que integran la iniciativa de ley. Claro, no son todas, pero la mayoría de los cambios aún se encuentra supeditado a lo que consideren los legisladores.

Por otra parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mencionó que esta nueva estrategia posee dos metas:

  • Impedir a criminales disponer de sus ganancias
  • Judicializar de forma eficaz los delitos

Esto sólo se logrará si se fortalece la supervisión basada en modelos de riesgo, así como aumentando la transparencia y rendición de cuentas de las autoridades.

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